A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Jose G. Triviño Gonzalez·Respondent C.N.S.C.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Identidad de objeto, causa y sujeto pasivo
- Decreto 1834 de 2015
- Factor territorial
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito de Acacías (Meta), el Juzgado Civil del Circuito de Granada (Meta), el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías (Meta) y el Juzgado Civil del Circuito de Acacías (Meta).
Luego de analizar el asunto a la luz de las argumentaciones de las diferentes autoridades involucradas considera la Sala que es el Juzgado Civil del Circuito de Granada (Meta) quien debe asumir el conocimiento de la acción de tutela formulada, por cuanto es el lugar donde se producen los efectos de la alegada vulneración y la primera autoridad con competencia a la que se remitió el proceso.
Se advierte al precitado despacho que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 19 de febrero de 2020, por el Juzgado Civil del Circuito de Granada.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3872 al Juzgado Civil del Circuito de Granada (Meta) para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR a los Juzgados Civil del Circuito de Granada (Meta) y
- Cuarto. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias (Meta), que en lo sucesivo se abstengan de negar su competencia para el conocimiento de las acciones de tutela que les son repartidas, con base en las reglas contenidas en el Decreto 1834 de 2015, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Civil del Circuito de Acacias (Meta) que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y a los Juzgados Penal del Circuito de Acacias (Meta),
- Cuarto. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias (Meta) y Civil del Circuito de Acacias (Meta), la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.